Permiso por matrimonio
Pregunta:
Durante este año contraeré matrimonio y me gustaría saber si el disfrute del permiso de 15 días naturales va sujeto al orden de elección de vacaciones, es decir, por categoría y antigüedad, etc. o por el contrario, dicho permiso tiene preferencia sobre la elección de los compañeros?
Respuesta:
El derecho al disfrute de un permiso remunerado nace en cuanto surge la circunstancia que lo motiva, es decir, al día siguiente. Si algún compañero tiene autorizadas/acordadas sus vacaciones en esas mismas fechas, es competencia de la Empresa su solución. Ninguno de los compañeros tiene que renunciar a sus vacaciones ni a su permiso remunerado.